LA ASOCIACIÓN CULTURAL ESCUELA LAICA DE VALLADOLID LE PLANTEA INTERROGANTES AL MINISTRO DE EDUCACIÓN, ÁNGEL GABILONDO, TRAS SUS DECLARACIONES EN SU VISITA A VALLADOLID
La Asociación Cultural Escuela Laica de Valladolid (ACEL) quiere mostrar su inquietud ante las declaraciones del Ministro de Educación, Ángel Gabilondo, en su reciente visita a Valladolid, según las cuales ve “razonable” la postura de la Junta de Castilla y León al defender la competencia de los Consejos Escolares respecto a la existencia de símbolos religiosos en los centros escolares públicos.
La discusión sobre dicha competencia es algo ya superado, toda vez que la propia Constitución dejó zanjado el tema al establecer como principio la neutralidad del Estado. Por ello la decisión acerca de si se puede admitir la presencia o no de crucifijos presidiendo la actividad en las aulas de los centros públicos está ya tomada, al recoger el artículo 16 de la Constitución que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”.
Por tanto no nos encontramos ante una decisión que tengan que tomar los consejos escolares. Pero tampoco las consejerías de Educación de las comunidades autónomas, ni tan siquiera el Ministerio de Educación, porque ya la tomó la Constitución, estableciendo con ello que cada ciudadano es titular del derecho fundamental a la libertad de conciencia, derecho que ha de ser respetado obligatoriamente tanto por los poderes públicos como por los demás ciudadanos (todos ellos están sujetos a la Constitución, según el propio artículo 9 de la misma).
Si el Ministro no lo conoce, puede leer la Constitución. Si el Ministro no lo conoce, ACEL puede poner a su disposición las sentencias y autos del Tribunal Constitucional que afirman el deber de neutralidad del Estado principalmente en los centros educativos públicos. Si el Ministro no lo conoce, ACEL le puede proporcionar las sentencias del Tribunal Supremo que establecen que los consejos escolares de los centros educativos públicos deber ser laicos, al margen de las creencias particulares de sus componentes.
Pero si el Ministro lo conoce, ¿por qué se suma a los que ponen trabas a los derechos fundamentales de las personas?, ¿por qué se suma a quienes por activa y por pasiva intentan vulnerar dichos derechos?
A ACEL le cuesta creer que el Sr. Ministro desconozca que lo que han dicho los tribunales es que se trata de una cuestión que vulnera derechos fundamentales de las personas. Lo dijo un juzgado de Valladolid, y ahora lo ha repetido nada menos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), coincidiendo ambos en que se vulneran derechos como la libertad de conciencia, la libertad de elección, o el principio de igualdad entre las personas. Estos órganos judiciales no están dirimiendo de quién es la competencia, están estableciendo claramente que se trata de actuaciones ilícitas, las decida quien las decida. Y jamás un consejo escolar puede tomar decisiones que vulneren derechos fundamentales de las personas.
¿Quién puede tener competencia para perpetrar una vulneración de derechos fundamentales? Nadie, sr. Ministro; nadie. Por el contrario, ACEL considera que es obligación del Gobierno defender a sus ciudadanos cuando alguien vulnere sus derechos fundamentales, y no dejarlos desamparados para que sean ellos los que tengan que hacer frente en procesos costosísimos en todos los sentidos. ¿Para qué está si no el Gobierno, si es incapaz de tomar la iniciativa y promover leyes que resuelvan estas situaciones?
El pasado mes de Agosto el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño, indicó que la futura Ley de Libertad Religiosa (debería llamarse de Libertad de Conciencia) establecería la obligación de retirar los símbolos religiosos de los centros educativos públicos. Ahora el TEDH con su clara y lógica sentencia le tiende una cuerda al Gobierno por si necesitaba asirse ante las presiones que pudiera tener de los sectores más integristas de la sociedad, y sin embargo parece caminar en sentido contrario.
Entonces, ¿lo del Ministro de Justicia en Agosto no fue más que un globo sonda veraniego para comprobar reacciones?, ¿Cómo se entiende que tras la sentencia del TEDH el Gobierno diga que “la tendrá en cuenta en la elaboración de la futura ley de Libertad Religiosa” y ahora venga el Ministro de Educación diciendo que ve razonable que un consejo escolar pueda tener el poder de decisión para vulnerar los derechos que el TEDH asegura que se vulneran?
Sr. Ministro, ¿qué competencias tienen los consejos escolares de los centros públicos en materia de símbolos? ¿Pueden poner la bandera republicana en lugar de la rojigualda? ¿Pueden poner la bandera francesa, o canadiense, o cualquier otra?, ¿pueden colocar presidiendo la actividad educativa una media luna? ¿Pueden colocar encima de la pizarra una cruz gamada, o la hoz y el martillo? Contéstenos, por favor, porque si la respuesta es afirmativa, le aseguramos que vamos a tener decisiones muy curiosas en más de un centro educativo público. Pero si la respuesta es negativa, ¿porqué sí puede haber símbolos religiosos de una confesión determinada?, ¿se respeta así la neutralidad del Estado, obligada por la Constitución?
No nos engañemos. La presencia de crucifijos presidiendo las aulas de los públicos es una medida que proviene de la época franquista. Y si entra dentro de la lógica que lo defiendan quienes añoran aquella época, ¿cómo se entiende que el Gobierno no tome cartas en el asunto y que algunos de sus ministros vea razonable que la situación pueda continuar?
Si atendemos a las declaraciones de su partido y de su Gobierno, podemos leer titulares como “La futura Ley de Libertad Religiosa eliminará los crucifijos de los colegios públicos” “El Gobierno tendrá en cuenta la sentencia del TEDH”…, junto con otras como “El gobierno deja en manos de los padres y de los tribunales la iniciativa en el conflicto por los crucifijos en los centros públicos”, o “Es razonable la autonomía de los centros sobre crucifijos”.
El debido respeto a los ciudadanos exigiría que aclaren de una vez su postura.
¿Qué quiere decir, sr. Gabilondo, cuando declara que “espero que la ley traiga un ámbito abierto y plural de convivencia para sentar principios y convicciones antes de tomar cualquier posición”? ¿Establecer mecanismos de defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos depende de circunstancias de “conveniencia política”? ¿Tanta fuerza tienen determinados sectores integristas como para que todo un gobierno ceda a las presiones de la Conferencia Episcopal?
Las propias asociaciones de jueces del Estado español, tanto las de carácter progresista como las de carácter conservador, han asegurado que tras la sentencia del TEDH los jueces deben adecuar sus resoluciones a la misma, y que de no hacerlo deberían justificar mucho las razones por las que hipotéticamente se apartan de la misma. Y sin embargo es el propio Gobierno el que parece apartarse, en una postura de calculada ambigüedad, de los contenidos de la sentencia del TEDH.
¿A quién quiere el Gobierno acercarse más, o parecerse: a personajes de la talla política y moral de Silvio Berlusconi, a los sectores integristas que desean que no desaparezca una situación heredada del franquismo, o por el contrario a las miles de voces que le están reclamando que promueva de una vez una normativa clara que apuntale la separación Iglesia-Estado y garantice la obligada neutralidad del Estado en cuanto a las convicciones de los ciudadanos y la igualdad de los mismos con independencia de dichas convicciones? Por un mínimo de respeto a los ciudadanos, el Gobierno debería dejar clara su postura, para que cada uno sepa a qué atenerse.
Por último, sr. Ministro de Educación, ¿cómo vamos a educar a nuestros hijos en el respeto a los Derechos Humanos si se permite la continuidad de una situación que los vulnera? No lo decimos nosotros, lo dijo un juez de Valladolid con una argumentación jurídicamente intachable, y lo ha vuelto a decir ni más ni menos que Tribunal Europeo de Derechos Humanos
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